22 Dic ¿Se puede enterrar a un caballo en una propiedad?
Enterrar a un caballo está totalmente prohibido como norma general a no ser que el municipio donde te encuentres lo permita o dispongas de una autorización especial, según la normativa europea.
En algunas otras Comunidades Autónomas queda prohibido el enterramiento en cualquiera de sus maneras, imponiendo importantes multas en algunos casos si los enterramos en nuestro jardín o parcela, como ejemplo.
Por tanto podemos encontrar algunas Comunidades Autónomas que si lo permiten siempre que no suponga un problema para la salud pública, por lo que se deben cumplir una seríe de normas como la de tener que comunicarlo y no enterrarlo a menos de 250 metros de agua potable entre otras.
Requisitos para poder enterrar a un caballo en una propiedad
- Deber permitirlo el municipio o comunidad autónoma donde quieres realizar el entierro
- Se debe comunicar previamente a las autoridades pertinentes
- No debe acerlo en ningún caso a menos de 250 metros (o lo que estipule el municipio) de acuíferos que puedan contaminarse y zona alejada para evitar la posible propagación de epidemas.
- Estar enterrado a suficiente profundidad para que ningún otro animal pueda desenterrar al cadáver.
De manera general la Ley es ambigua y las condiciones no quedan muy claras, excepto que lo más recomendado es evitar el entierro en zonas no habilitadas y en caso de no ser así podrían recibirse sanciones por incumplimiento o malas prácticas.
El entierro debe hacerse en un cementerio de animales o lo que te sugerimos como la que consideramos la mejor y más respetuosa práctica, la incineración individual de equinos que Cresma pone a disposición de cualquiera que quiera dar una respetuosa despedida a su caballo.
Nuetra labor es profesional y cumplimos extrictamente con las exigencias de la legislación vigente a nivel europeo, nacional y comunitario.
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